Código de las Familias favorece protección de las personas en situación de discapacidad

No hay ninguna descripción de la foto disponible.

Para la pinareña Beatriz Fabelo una las fortalezas del proyecto de Código de las Familias llevado a consulta popular en Cuba radica en la protección , a tono con los principios de igualdad y no discriminación promulgados en la Constitución de la República.

En el articulado del capítulo II, título IX, se hace referencia a derechos que van desde la prohibición de injerencias en la vida familiar, igualdad de condiciones con los demás y de oportunidades, hasta los derechos sexuales y reproductivos; en tanto señala deberes de las familias, instituciones sociales y el Estado.

Constituye, en ese sentido, un llamado a hacer efectiva la responsabilidad familiar en cuanto a atención, educación, velar por la felicidad e inclusión en la vida social, dijo quien reside en la circunscripción 4 de la ciudad cabecera.

Siempre ha sido premisa del Estado cubano proteger a las personas en situación de discapacidad y hacerlas parte de sus comunidades- acotó-; y el Código apunta en el artículo 433 la promoción de programas de habilitación y rehabilitación por parte de organismos, instituciones y organizaciones de la sociedad y del Estado, de cara a que “desarrollen su autonomía personal e independencia en el entorno sociofamiliar”.

Por tanto no puede existir un “divorcio” entre la escuela y la familia cuando se trata del bienestar de los niños, adolescentes o jóvenes en situación de discapacidad, pues todos los factores cuentan a la hora de incidir en su futuro y dotarlos de las herramientas necesarias para su desarrollo, precisó a la ACN la también profesora de Matemáticas en la enseñanza media superior.(Evelyn Corbillón Díaz /ACN)

Comentar

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Encuéntranos en las redes